Prevención ESCNNA | Jardín de Rocas
top of page

Reserva Natural Jardín de Rocas

Código de Conducta

PREVENCIÓN ESCNNA 

En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º de la Ley 1336 de 2009  y con el fin de contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, en la RESERVA NATURAL JARDÍN DE ROCA por nuestros valores y principios nos comprometemos a:

​

  • Ofrecer en los programas de promoción turística y en planes turísticos, expresa o subrepticiamente, planes de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes. 

​

  • Reprimir, condenar y denunciar ante las autoridades competentes, cualquier acto criminal y de explotación o abuso sexual contra los menores de edad.

​

  • Abstenernos de dar información a los turistas, directamente o por intermedio de los empleados acerca de lugares desde donde se coordinen o donde se presten servicios sexuales con menores de edad. 

​

  • Apoyar al Gobierno Nacional en el desarrollo de las políticas turísticas y de protección de la niñez, con el fin de difundir la información a los usuarios sobre la existencia de la legislación contra la explotación sexual de menores de edad. 

​

  • Prohibir en las redes la utilización y divulgación de material ilegal con menores de edad.

​

  • Incorporar en nuestra publicidad turística, información sobre las consecuencias legales de la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes. 

​

  • Informar a clientes, huéspedes, proveedores y trabajadores las políticas contenidas en el presente documento a fin de prevenir la utilización, explotación y abuso sexual de Niños, Niñas y Adolescentes.   

​

  • Informar a nuestros huéspedes usuarios sobre las consecuencias legales en Colombia de la explotación y el abuso sexual de niños, niñas y adolescentes.  

​

  • Rechazar la explotación laboral infantil.  

​

  • Implementar mecanismos de vigilancia, medidas preventivas orientadas a evitar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes.

​

  • Para dar cumplimiento a nuestras políticas descritas anteriormente, nos valdremos de las siguientes herramientas y acciones:  Mantener publicado de forma accesible en todos nuestros portales web el presente código de conducta  - Conforme a lo dispuesto en la Ley 679 de 2001, generaremos frases de advertencia a turistas, sobre las consecuencias de explotar sexualmente a Niños, Niñas y Adolescentes.  

​

  • Generaremos formación y sensibilización a nuestro personal para que entiendan y combatan el flagelo de la explotación sexual.

Green Jay in flowers.jpg
bottom of page